Las personas encuadradas en el Régimen Especial de los Trabajadores/as Atónomos/as (RETA) pueden  modificar la base de cotización por la que vengan cotizando hasta 4 veces dentro del mismo año natural, eligiendo otra entre los límites máximo y mínimo  aplicables a cada ejercicio.
 
En el actual 2022 la base mínima de cotización al RETA es de 960,60 euros y la máxima de 4.139,40 euros.
 
Les recordamos que las solicitudes de cambio de base de cotización deben formularse ante la Tesorería General de la Seguridad Social en los siguientes plazos: 

  • entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos desde el 1 de abril;
  • entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efectos desde el 1 de julio;
  • entre el 1 de julio  y el 30 de septiembre, con efectos desde el 1 de octubre;
  • entre el 1 de octu­bre y el 31 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.