En su sentencia de 30 de enero de 2017 el Tribunal Superior de Justicia de Valladolid vuelve a reiterar que la empresa es responsable del accidente sufrido por sus trabajadores cuando queda acreditado que la evaluación de riesgos ha sido insuficiente, no pudiendo exonerarse por la simple constancia de la certificación de conformidad y entrega del equipo empleado, pues al no constar su alcance no exime de una segunda evaluación del riesgo laboral, ni tampoco por el hecho de tratarse de labores de mantenimiento encomendadas a otra empresa, al tratarse de trabajadores industriales que para evitar que se paralizase la producción llevaron a cabo esa actuación.
 
Es por ello que, una vez más, insistimos en llamar su atención sobre la necesidad de asegurar que la gestión sobre prevención de riesgos laborales en su empresa es adecuada, suficiente, se encuentra permanentemente actualizada y supervisada.