El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su sentencia de 19 de enero de 2017, reconoce el derecho al reintegro de los gastos por asistencia sanitaria en el extranjero dispensada por razones de urgencia vital. Considera la Sala que la asistencia sanitaria está garantizada a todos los afiliados a la Seguridad Social, cualquiera que sea el lugar en el que se encuentren, cuando se trata de supuestos que exijan atención inmediata por existir peligro cierto y real para la vida o la integridad física del beneficiario.
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