Los trabajadores autónomos que en 2021 hayan cotizado en pluriactividad, es decir, simultáneamente en el Régimen General (RGSS) y en el Régimen Especial de Autónomos (RETA), tienen derecho a la devolución de una parte de las cuotas por contingencias comunes abonadas en el RETA.
 
Para ello se exige que la suma de las aportaciones por contingencias comunes al RETA y al RGSS (tanto empresariales como las correspondientes al trabajador), alcance una cuantía igual o superior a 13.822,06  euros anuales. A estos efectos no se tienen en cuenta las cuotas aplazadas.
 
El importe de la devolución es del 50% del exceso sobre los 13.822,06 euros, con el límite del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes.
 
En principio, la devolución se abona de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes del 1 de mayo de 2022. No obstante, si ese es su caso y, transcurrido un período de tiempo prudencial no recibe ese reintegro, póngase en contacto con nuestro departamento de laboral con objeto de llevar a cabo los trámites necesarios para su reclamación.