Interés legal del dinero.
Se mantiene en el 3,00%, y el de demora en el 3,75%.
IPREM.
Diario: 19,30 euros.
Mensual: 579,02 euros.
Anual: 6.948,24 euros.
Revalorización de las pensiones públicas.
Para la actualización de las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social no se fija porcentaje de incremento predeterminado, sino que experimentarán un incremento porcentual igual al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del IPC de los 12 meses previos a diciembre de 2021, excepto respecto de las pensiones no contributivas (jubilación e invalidez) que se incrementan en un 3%, quedando fijado su importe anual en 5.808,60 euros.
Fondos de pensiones.
Se modifica el límite máximo del total de aportaciones y contribuciones empresariales anuales a los planes de pensiones, que no podrá exceder de 1.500 euros (el tope anterior, conforme a la Ley de Presupuestos de 2021, estaba fijado en 2.000 euros), límite que se incrementará en 8.500 euros, siempre que tal subida provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones de la persona trabajadora al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior de la respectiva contribución empresarial.
Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Se extiende la duración de la prestación hasta que el causante cumpla la edad de 23 años, y cuando el causante contraiga matrimonio o constituya una pareja de hecho, el derecho de la prestación corresponderá a su cónyuge o pareja.
Con la modificación del art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores se prorroga la reducción de jornada hasta el cumplimiento de los 23 años.