¿ Qué sucede cuando nos encontramos ante el supuesto por el cuál se pacta un bonus o complemento salarial vinculado a unos objetivos fijados por la empresa que se consideran imposibles de poder cumplirse ? Existen diferentes posibilidades: 

  • La primera, entender que como el objetivo es imposible, el sistema es nulo. 
  • La segunda, considerar que como el objetivo es imposible de lograr, el trabajador tiene derecho a la percepción del bonus o complementosalarial.

Esta es la cuestión que resuelve la Audiencia Nacional en su sentencia de fecha 15 de marzo de 2019, llegando a la conclusión de que si el objetivo fijado por la empresa es imposible de cumplir el sistema no se anula sino que, por el contrario, el trabajador tiene derecho a percibir el complemento o bonus en base a lodispuesto en los artículos 1119 y 1256 del Código civil.