Con efectos 1 de julio de 2017 entra en vigor el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) basado en la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT. El SII es obligatorio para los sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural: grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04€ en el año anterior), grupos de IVA e inscritos en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA).
Como consecuencia de la entrada en vigor de dicho sistema, y desde el pasado 28 de mayo de 2017, se ha autorizado un plazo extraordinario hasta el 15 de junio de 2017 para:
- renunciar al régimen especial de grupo de entidades; y
- solicitar la baja en el REDEME (Registro de devolución mensual)
Tanto la renuncia como la solicitud desplegarán sus efectos a partir del 1 de julio de 2017.
Por último, recordarles que los contribuyentes que no estén obligados a utilizar este sistema pueden hacerlo de forma voluntaria, si bien en tal caso deberán permanecer en el sistema al menos durante el año natural por el que se ejercite la opción. Para ello deberán comunicarlo a través de la correspondiente declaración censal durante el corriente mes de junio para el ejercicio 2017 y, para el resto de ejercicios, en el mes de noviembre del año anterior.