En su sentencia de día 19 de septiembre de 2019 el Tribunal Supremo estableció que las horas extraordinarias solo deben computarse a los efectos de fijación del salario regulador del despido cuando se han venido realizando de forma habitual. En dicha sentencia, el Tribunal Supremo declara la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por una trabajadora, declarando la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 10 de diciembre de 2018 en la que, atendiendo a la posición mayoritaria de distintos tribunales superiores de justicia, sentenció que las horas extra únicamente computan a los efectos de fijación del salario regulador del despido cuando se realizan de forma habitual.
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