En sentencia de fecha 19 de junio de 2023 la Audiencia Nacional rectifica y cambia su criterio anterior y declara que, tras la aplicación de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, es nula, por constituir discriminación por causa de enfermedad,  la cláusula de un plan de incentivos según la cual éstos no se abonan si se supera un determinado nivel de absentismo, para cuyo cálculo se tienen en cuenta los periodos en situación de Incapacidad Temporal.

Declara la Audiencia también la nulidad de dos cláusulas más:

  • La de computar como absentismo los permisos no retribuidos de acompañamiento a familiares, al tratarse tanto de una discriminación indirecta por razón de sexo por ser mayoritariamente solicitados por mujeres, como de una discriminación por asociación por causa de enfermedad, y
  • La que impida que la persona trabajadora sancionado por incumplimientos laborales pueda percibir los incentivos ya devengados, al constituir una multa de haber.