La reciente publicación de los Presupuestos Generales del Estado para este año 2017 (BOE 28/06/2017) conlleva, principalmente, el aumento de la base mínima que había quedado congelada a primeros de año y ahora será incrementada un 3% a partir del 1 de julio de 2017, pasando de 893,10 € a 919,80 €. 
 
De la misma forma, se produce un cambio en las bases de cotización de los trabajadores con límite de edad a la hora de su elección, por lo que, los trabajadores de 47 años de edad que venían cotizando por una base máxima de 1.964,70 € pasarán a tener una base de 2.023,50 €.
 
Los trabajadores con edad igual o superior a 48 años que hubieran optado por una base mínima de 963,30 € o base máxima de 1.964,70 €, pasarán a cotizar por 992,10 € o 2.023,50 €, respectivamente.
 
Los trabajadores que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado, durante 5 años o más, en cualquier Régimen de la Seguridad social pasarán a cotizar por las siguientes cuantías:
 
– Aquellos que hubieran elegido la base mínima de 893,10 € o la máxima de 1.964,70 €, ahora cotizarán por 919,80 € o 2.023,50 €, respectivamente.
 
– Los que hubieran elegido la base mínima de 893,10 € o la base por la que venían cotizando incrementada en un 1%, ahora cotizarán por 919,80 € o por la elegida incrementada en un 3%, respectivamente.