En su sentencia de día 28 de junio de 2018 la Sala de lo penal del Tribunal Supremo ratifica que es importante introducir en la empresa programas de compliance o conjunto de normas de carácter interno establecidas a iniciativa del órgano de administración, con la finalidad de implementar en ella un modelo de organización y gestión eficaz e idóneo que le permita eliminar o, al menos mitigar, el riesgo de la comisión de delitos y exonerar a la empresa y, en su caso, al órgano de administración, de la responsabilidad penal derivada de la comisión de delitos por parte de sus directivos y empleados.
 
Si están interesados en recibir mayor información sobre tan sensible asunto y/o proceder a la implementación de un sistema de gestión de compliance en su empresa, no duden en ponerse en contacto con este Despacho y con sumo gusto atenderemos todas sus dudas y consultas sobre el particular.