Para resolver cómo debe calificarse la extinción del contrato de trabajo de un ciudadano extranjero al que le caduca y no se le renueva la autorización para trabajar, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 23 de junio de 2021, recuerda que su jurisprudencia ha establecido que la pérdida de la autorización para trabajar en España no puede considerarse como una condición resolutoria válidamente consignada en el contrato, sino que deber ser considerada como una causa objetiva legalmente establecida:
 
1.Aunque la pérdida del permiso justifica la extinción del contrato de trabajo, el extranjero sin la pertinente autorización no puede verse privado de la protección consecuencia de su contratación pese a su situación irregular en España, precisamente por la validez y eficacia de su contrato respecto a los derechos del trabajador que consagra el art. 35 de la Ley Orgánica de Extranjería.
 
2. No es adecuado considerar que la pérdida del permiso de trabajo constituye una extinción por las causas consignadas válidamente en el contrato, pues no es admisible que las partes del contrato prevean como causa válida de extinción del mismo el acaecimiento sobrevenido de una circunstancia atinente a la propia capacidad negocial de la parte trabajadora.
 
3.La pérdida de la autorización para trabajar en España guarda visos de completa similitud con las causas objetivas (ET art.52), en la medida en que imposibilita la continuación del contrato de trabajo del extranjero, tratándose de un supuesto en que la causa de la finalización del mismo es ajena a la empresa.
 
4. Aunque no existe precisión legislativa sobre la cuestión de la posible aplicación de la causa objetiva, esa es la causa que ampara la decisión extintiva cuando se produce la pérdida de la autorización para trabajar, al tratarse de una ineptitud sobrevenida con posterioridad al ingreso en la empresa, y ello porque la ineptitud se reconduce a una genérica falta de aptitud o de conocimientos para el trabajo pactado, incluida la carencia de titulación o autorización exigida para la realización del trabajo.