El Juzgado de lo Social nº 5 de Santander, en su sentencia de 14 de diciembre de 2016, ha declarado nula y sin ningún valor la práctica empresarial consistente en comunicar el preaviso de la distribución irregular de la jornada de forma colectiva a través del tablón de anuncios, así como también la de actuar de ese modo respecto de los trabajadores con concreción horaria tras reducción de jornada por guarda legal.
Distribución irregular de jornada: ni preaviso en el tablón de anuncios, ni trabajadores con jornada reducida.
por 48e7452fa7 | Abr 3, 2017 | Sin categoría