En una reciente sentencia de 6 de julio de 2016, el Juzgado de lo Social número 5 de Murcia desestima la demanda en reclamación por despido nulo por vulneración de derechos fundamentales de un trabajador que contaba con una antigüedad en la empresa de 35 años, tras ser sorprendido fumando en la fábricaa pesar de haber quedado acreditado que constaba la prohibición expresa en numerosos carteles colgados en la zona de producción. El empleado alegó que la decisión extintiva respondía en realidad a una represalia como consecuencia de su participación activa en una huelga convocada meses atrás y que, además, a su juicio, el despido suponía una medida desproporcionada al no haber causado perjuicioalguno a la empresa. No obstante, constatada la realidad de los hechos y, considerando que la conducta del trabajador sí producía un serio perjuicio a la empresa, al estar sometida a muy estrictas normas en materia de seguridad alimentaria, el juez consideró que el despido disciplinario quedaba claramente desligado del ejercicio de su derecho de huelga del trabajador, declarando en consecuencia su procedencia.