Hay que entregar copia de la carta de despido a los representantes de los trabajadores. Un despido objetivo por causas económicas, con independencia de que efectivamente existan las causas alegadas y que la empresa pueda acreditarlas, será declarado improcedente si no se entrega una copia de la carta de despido a los representantes de los trabajadores, ya que como determina la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2016, no se cumple el trámite si la empresa se limita a informarles verbalmente del despido y del contenido de la carta.