El Tribunal Supremo, en su sentencia de 5 de abril de 2016, falla que a la hora de determinar la existencia o no de una condición más beneficiosa en un procedimiento de compensación por festivos estima que dicha condición consiste en el derecho de los trabajadores a que, solicitado por escrito el día a compensar tras haber trabajado un día festivo, puedan disfrutarlo en cualquier momento del año natural del festivo trabajado, sin ninguna otra limitación.