Siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Tribunal Supremo, en su sentencia de fecha 17 de mayo de 2023 confirma la posibilidad del disfrute por parte de los/las dos progenitores/as del complemento en su respectiva pensión de jubilación en concepto de aportación demográfica, al considerar discriminatoria la regulación originaria del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y, por tanto, que no debe tomarse en consideración la circunstancia de que el/la otro/a progenitor/a (o persona asimilada) tenga o pueda tener derecho a su percepción.
Articula el Alto Tribunal su razonamiento en base a los siguientes argumentos:
- La norma no exige titularidad única.
- Necesidad de superar la actual redacción del art. 60 LGSS
- Carecería de toda lógica privar del complemento a la mujer para reconocerlo al hombre.
- Necesidad de eliminación de discriminaciones.
- Alineamiento con la doctrina del TJUE, su sentencia de 12 diciembre 2019.