El Tribunal Superior de Justicia del Unión Europea, en su recientísima sentencia de 21 de diciembre de 2016, ha fallado a favor de la devolución de todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios, y no solo desde 2013, rechazando que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser incompleta e insuficiente, “Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas.”
 
La sentencia supone un gran varapalo para el Tribunal Supremo y, sobre todo para la banca española que tendrá que afrontar indemnizaciones millonarias, puesto que tres millones de personas podrán beneficiarse de la decisión tomada por el TSJUE.
 
Si se encuentra Vd. entre los afectados por ese tipo de cláusula no dude en ponerse en contacto con este Despacho para gestionar su reclamación y, en su caso, emprender las acciones legales pertinentes en defensa de su legítimo derecho al reintegro de las cantidades que su entidad bancaria haya podido cobrarle de más.