A falta de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), todo apunta a que los ocho días festivos retribuidos y no sustituibles en toda España, serán los siguientes:

– 1 de enero (Año Nuevo), miércoles.
– 6 de enero (Epifanía del Señor), lunes.
– 10 de abril (Viernes Santo).
– 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), viernes.
– 15 de agosto (Asunción de la Virgen), sábado.
– 12 de octubre (Día de la Hispanidad), lunes.
– 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), martes.
– 25 de diciembre (Natividad del Señor), viernes.

Mientras que los cuatro festivos retribuidos designados por el Govern en Catalunya, los siguientes:

– 13 de abril (Lunes de Pascua).
– 24 de junio (Sant Joan).
– 11 de septiembre (Diada nacional de Catalunya).
– 26 de diciembre (Sant Esteve).