Una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) publicada el 10 de mayo de 2018 ha determinado que los intereses fijados como obligación accesoria tienen igual consideración que el con​cepto principal del que derivan, por lo que los intereses indemnizatorios por el retraso en el pago correspondientes a una indemnización exenta se encuentran también exentos.