Muy Sr./es. Nuestro/s:

Le/s recordamos que el día 1 de enero de 2020 se inició el plazo para la presentación de las declaraciones fiscales correspondientes al cuarto trimestre del recién finalizado ejercicio 2019.
El periodo voluntario de presentación para cada clase de impuesto finaliza en las fechas que seguidamente le/s indicamos:

Día 20 de enero de 2020

  • Retenciones y pagos a cuenta del I.R.P.F. (Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades que tributen en el Régimen de Estimación Objetiva -módulos-  y del capital mobiliario). Rogamos se sirvan verificar si nos han ido aportando copias de las facturas expedidas por Notarios, Registro Mercantil u otras personas/entidades similares sujetas a retención. En caso contrario, agradeceremos nos las faciliten para poder informarlas en la autoliquidación de este trimestre, al objeto de su correcta imputación en el ejercicio 2019.
  • Retenciones sobre arrendamientos de local de negocio. En el Resumen Anual de este tipo de retenciones debe informarse la/s referencia/s catastral/es, por lo que agradeceremos se sirvan facilitarnos ese dato.
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad.
  • Impuestos Especiales sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas / Gasóleo Profesional – Solicitudes de devolución.
  • Declaración de Transacciones Exteriores Anual (declaración informativa a presentar ante el Banco de España), si la suma, una a una y sin compensar, de las transacciones con no residentes habidas durante el año anterior, o la suma de los saldos de activos y pasivos exteriores al 31 de diciembre de dicho año, han sido superiores a 1.000.000,00 €.

Es por ello que a fin y efecto de poder garantizar su debida tramitación en tiempo y forma les rogamos nos aporten la documentación correspondiente antes de las fechas que a continuación les indicamos:


9 de enero de 2020: Presentación con orden de domiciliación.
15 de enero de 2020: Presentación resto modalidades.
(Obtención NRC, aplazamiento, a compensar, etc.)

Día 30 de enero de 2020

  • Pagos fraccionados por estimación objetiva o directa del I.R.P.F.
  • Declaraciones/autoliquidaciones I.V.A. y resumen anual.

Asimismo, para garantizar su debida tramitación en tiempo y forma, les rogamos nos aporten la documentación correspondiente antes de las fechas que a continuación les indicamos:


17 de enero de 2020: Presentación con orden de domiciliación.
22 de enero de 2020: Presentación resto modalidades.
(Obtención NRC, aplazamiento, a compensar, etc.)
 

Día 31 de enero de 2020

  • Declaración informativa de entidades en atribución de rentas (Comunidades de bienes y Sociedades Civiles que no tributen por el Impuesto sobre Sociedades). Rogamos revisen la información que no se hubiera incluido en las autoliquidaciones trimestrales (IBI, intereses de préstamos y otros gastos relacionados básicamente con inmuebles arrendados).
  • Resumen anual retenciones e ingresos a cuenta (Rendimientos del trabajo, actividades profesionales, capital mobiliario y arrendamientos de locales de negocio).
  • Planes de Pensiones y otros sistemas alternativos de previsión social.


Cordialmente,

DEL BAS ASSESSORS, ADVOCATS I AUDITORS