A día de hoy, todas las empresas de más de 100 personas trabajadoras tienen que tener ya elaborado e implantado su plan de igualdad, mientras que las que tengan de 50 a 100 tienen de plazo hasta el 7 de marzo de 2022 para negociarlo y aprobarlo.
Una de las dudas que se plantean muchas empresas para saber si vienen o no obligadas a tener que negociar y aprobar un plan de igualdad es si los becarios y los trabajadores puestos a disposición a través de una ETT computan como plantilla. Pues bien, la respuesta es la siguiente:
Becarios y relaciones no laborales
No computan, puesto que únicamente computan como plantilla las personas trabajadoras por cuenta ajena que cumplan las notas de ajenidad y dependencia en los términos establecidos en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Trabajadores/as puestos/as a disposición a través de una ETT
A diferencia del caso anterior, sí computan. Para el cálculo del número de personas que dan lugar a la obligación de elaborar un plan de igualdad debe tenerse en cuenta la plantilla total de la empresa, incluidas las personas cedidas en virtud de contratos de puesta a disposición.