Las empresas ya no tendrán que actualizar y guardar el denominado libro de visitas de la Inspección de Trabajo en el que debían llevar la cuenta de las inspecciones que les realizaba este organismo. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha aprobado una orden ministerial que ha publicado el Boletín Oficial del Estado (BOE) que elimina definitivamente este libro de visitas, tanto en formato papel, como en formato electrónico. Según fuentes ministeriales, esta sencilla medida de reducción de cargas administrativas comportará un ahorro de 700 millones de euros.
 
Con la eliminación del libro de visitas se traslada a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la obligación de documentar y dejar constancia de las actuaciones inspectoras realizadas en las visitas a las empresas o en las comparecencias de éstas ante sus dependencias oficiales, que  extenderá una diligencia por cada visita, reflejando las materias, aspectos examinados o incidencias, que deberán ser conservadas por un plazo de cinco años.