Estimado/a cliente/a:
Les recordamos que el plazo voluntario para la presentación de las declaraciones fiscales correspondientes al primer trimestre del ejercicio 2026 finaliza el 20 de abril de 2026.
Las declaraciones a presentar incluyen:
- Retenciones y pagos a cuenta del IRPF (rendimientos del trabajo, actividades profesionales, actividades en Régimen de Estimación Objetiva –módulos– y rendimientos del capital mobiliario).
- Retenciones sobre arrendamientos de locales de negocio.
- Pagos fraccionados del IRPF (estimación objetiva o directa).
- Declaraciones y autoliquidaciones del IVA.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad e Hidrocarburos.
- Impuestos Especiales sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas / Gasóleo Profesional (solicitudes de devolución).
- Impuesto medioambiental sobre envases de plástico no reutilizables (autoliquidación: modelo 592).
Para garantizar una correcta tramitación dentro del plazo, les rogamos que nos hagan llegar la documentación correspondiente antes de las siguientes fechas:
- 8 de abril de 2026 → Para declaraciones con orden de domiciliación.
- 14 de abril de 2026 → Para el resto de las modalidades
Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración.
Atentamente,
DEL BAS ASSESSORS, ADVOCATS I AUDITORS
Resumen de documentación a facilitar (Contabilidad):
- Facturas de ingresos, gastos y bienes de inversión del 1T/2026.
- Gastos del 1T/2026.
- Extractos bancarios.
- Facturas de retención a profesionales, Notarios/Registradores (si las hubiera)
Resumen de documentación a facilitar (Listados):
- Libros registros expedidas, recibidas y bienes de inversión del 1T/2026
- Facturas de bienes de inversión del 1T/2026.
- Facturas a profesionales, Notarios/Registradores (si las hubiera).
- Balance de Situación a 31.03.2026.
- Cuenta de Pérdidas y Ganancias a 31.03.2026.
- Mayor de todas las cuentas – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
- Sumas y Saldos en Excel a 4 dígitos y subcuentas con los siguientes criterios:
- Subcuentas de la 200xx a la 299xx – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
- Subcuentas de la 470xx a la 480xx – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
- Subcuentas de la 700xx a la 759xx – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
