Estimado/a cliente/a:

Les recordamos que el plazo voluntario para la presentación de las declaraciones fiscales correspondientes al primer trimestre del ejercicio 2026 finaliza el 20 de abril de 2026.

Las declaraciones a presentar incluyen:

  • Retenciones y pagos a cuenta del IRPF (rendimientos del trabajo, actividades profesionales, actividades en Régimen de Estimación Objetiva –módulos– y rendimientos del capital mobiliario).
  • Retenciones sobre arrendamientos de locales de negocio.
  • Pagos fraccionados del IRPF (estimación objetiva o directa).
  • Declaraciones y autoliquidaciones del IVA.
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad e Hidrocarburos.
  • Impuestos Especiales sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas / Gasóleo Profesional (solicitudes de devolución).
  • Impuesto medioambiental sobre envases de plástico no reutilizables (autoliquidación: modelo 592).

Para garantizar una correcta tramitación dentro del plazo, les rogamos que nos hagan llegar la documentación correspondiente antes de las siguientes fechas:

  • 8 de abril de 2026 → Para declaraciones con orden de domiciliación.
  • 14 de abril de 2026 → Para el resto de las modalidades

Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración.

Atentamente,

DEL BAS ASSESSORS, ADVOCATS I AUDITORS

Resumen de documentación a facilitar (Contabilidad):

  • Facturas de ingresos, gastos y bienes de inversión del 1T/2026.
  • Gastos del 1T/2026.
  • Extractos bancarios.
  • Facturas de retención a profesionales, Notarios/Registradores (si las hubiera)

Resumen de documentación a facilitar (Listados):

  • Libros registros expedidas, recibidas y bienes de inversión del 1T/2026
  • Facturas de bienes de inversión del 1T/2026.
  • Facturas a profesionales, Notarios/Registradores (si las hubiera).
  • Balance de Situación a 31.03.2026.
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias a 31.03.2026.
  • Mayor de todas las cuentas – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
  • Sumas y Saldos en Excel a 4 dígitos y subcuentas con los siguientes criterios:
  • Subcuentas de la 200xx a la 299xx – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
  • Subcuentas de la 470xx a la 480xx – del 01.01.2026 al 31.03.2026.
  • Subcuentas de la 700xx a la 759xx – del 01.01.2026 al 31.03.2026.