Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja, de fecha 26 de septiembre 2019, declara improcedente el cese de un empleado que trabajaba en un área que presentaba beneficios, a pesar de que en su conjunto la empresa arrojaba pérdidas.

Aunque el TSJ considera acreditada la difícil situación financiera en la que se encontraba la compañía, descarta que ello sea suficiente para amparar el despido de ese trabajador en concreto puesto que «prestaba servicios en una sección distinta en la que no se estaba registrando una disminución en las ventas», por lo que los magistrados consideran que la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas no cumplía con los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad y, por ello, lo califican de improcedente. 

Como reflejaba la carta de despido, la compañía resolvió prescindir del empleado a causa de un descenso drástico del volumen de producción que generó una «situación insostenible» para la organización, debido a que uno de los principales productos que comercializaba procedía de Venezuela y, debido al convulso contexto político del país, vio súbita e indefinidamente interrumpido el suministro de los mismos.