En su sentencia unificadora de doctrina de 23 de julio de 2021 el Tribunal Supremo se pronuncia a favor del criterio mantenido por el INSS y considera que los autónomos societarios no tienen derecho a compatibilizar la jubilación activa con el percibo del 100% de la pensión de jubilación. El administrador social incluido en el RETA no cumple el requisito de tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena, pues el contratante es la persona jurídica, que responde con su patrimonio social, distinto del de sus socios y administradores sociales.
Los autónomos societarios no pueden compatibilizar el trabajo con el 100% de la pensión de jubilación.
por 48e7452fa7 | Sep 9, 2021 | Sin categoría