En su recientísima sentencia de día 16 de febrero de 2021 el Tribunal Supremo determina que la empresa viene también obligada a facilitar a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras información y copia de los pactos de horas complementarias que se materializan entre empresa y personal con contrato de trabajo a tiempo parcial con posterioridad a la formalización del contrato inicial, por cuanto un nuevo pacto de horas complementarias cambia el contrato inicial, mudando alguna de sus características esenciales, motivo por el que igualmente deben quedar sujetos a su conocimiento y control.
La empresa debe informar de los pactos de horas complementarias a la representación de los trabajadores.
por 48e7452fa7 | Mar 9, 2021 | Sin categoría