El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de dar la razón a cinco cajeras de un supermercado de Barcelona que fueron despedidas después de que la empresa descubriera que robaban en el establecimiento, gracias a cámaras ocultas, porque éstas se colocaron sin que ellas lo supieran y, por tanto, entiende que se violó su derecho a la privacidad.
 
Las cinco demandantes trabajaban como cajeras en una cadena de supermercados familiar y sabían que se habían instalado cámaras en la tienda para investigar posibles robos después de que el gerente notara algunas irregularidades entre los niveles de existencias y lo que realmente se vendía. Sin embargo, de la instalación de otras cámaras, cuya ubicación no era visible, no se las informó.
 
En junio de 2009 todas las trabajadoras sospechosas de robo fueron llamadas a reuniones individuales donde se les mostraron los vídeos en los que aparecían ayudando a clientes y a otros compañeros a robar artículos y robando ellos mismos. Tras admitir su participación en los robos fueron despedidas por razones disciplinarias.
 
No obstante, a pesar de que los despidos fueron validados por la justicia española, el TEDH, con sede en Estrasburgo, recuerda que los estados miembro del Consejo de Europa tienen la obligación de tomar medidas para garantizar el respeto a la vida privada de los ciudadanos y por ello se tendría que haber alcanzado un equilibrio entre el derecho de las demandantes y la voluntad del dueño del supermercado. Seis de los siete magistrados que integraron el Tribunal consideran que el dueño del supermercado vulneró el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) sobre el derecho al respeto de la vida privada, puesto que, a su juicio, las trabajadoras deberían haber sido informadas de la colocación de aquellas cámaras ocultas y no fue así, por lo que impone el pago al Estado Español de 4.000 euros de indemnización a cada una de ellas, además de 500 euros, también a cada una de ellas, por los costes del procedimiento judicial.