La Audiencia Provincial de Barcelona, en su sentencia de 20 de marzo de 2018, entiende que se vulnera el derecho de información del socio cuando la relativa a las cuentas anuales, que solicita antes de la Junta, se le facilita en el transcurso de la misma sin que, por ese motivo, tenga tiempo de analizarla adecuadamente y decidir con suficiente conocimiento de causa el sentido de su voto.