Les recordamos una vez más la conveniencia de que comprueben si su empresa cumple adecuadamente con las siguientes obligaciones que, por la dimensión de su plantilla le afecten y, en especial, que el plazo máximo para disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) finaliza el próximo día 5 de diciembre de 2026.
Común a todas las empresas y autónomos/as con empleados/as, con independencia del número de personas trabajadoras en plantilla:
- Registro de entradas y salidas del personal.
- Calendario laboral.
- Registro retributivo.
- Protocolo de prevención de las situaciones de acoso sexual, por razón de sexo, discriminación ilícita y otras conductas inapropiadas en el trabajo.
- Protocolo de desconexión digital.
- Información a la plantilla sistemas de videovigilancia y geolocalización.
- Prevención de riesgos laborales, incluidos riesgos psicosociales.
- Protección de datos personales.
- En su caso, acuerdos de teletrabajo.
Además, para empresas de 50 o más personas trabajadoras:
- Plan de igualdad incluyendo valoración de puestos de trabajo y auditoría retributiva.
- Comité de Seguridad y Salud.
- Cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad.
- Canal de denuncias y sistema interno de protección de informantes de delitos o infracciones del derecho de la Unión Europea.
Además, para empresas de más de 50 personas trabajadoras:
- Medidas planificadas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Además, para empresas de más de 200 personas trabajadoras o más de 100 por turno en un mismo centro de trabajo.
- Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo.