El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha emitido el Criterio de Gestión 16/2026 en el que aclara una cuestión práctica relevante sobre el disfrute del permiso por nacimiento y cuidado de menor tras la reforma introducida por el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante el que confirma que los días de descanso pendientes que no completen una semana entera podrán disfrutarse, no solo antes de que el menor cumpla 12 meses, sino también con posterioridad, hasta que alcance los 8 años de edad. La aclaración afecta a supuestos excepcionales en los que, por ampliaciones del permiso o por el disfrute a tiempo parcial, queden días pendientes inferiores a siete. Según el INSS, estos días podrán utilizarse de forma independiente o acumularse a otros periodos semanales, siempre respetando el límite máximo de dos semanas -14 días- que la normativa permite disfrutar a partir de los 12 meses de edad del/la menor.