Estimado cliente,
Mañana día 15 de octubre está convocada una jornada de huelga general en apoyo al pueblo palestino.
Le informamos que esta convocatoria es perfectamente legal, pues ha sido secundada por diversos sindicatos. En concreto, la Confederación General del Trabajo (CGT), Solidaridad Obrera, Alternativa Sindical de Clase (ASC) y Confederación Intersindical, junto con colectivos como Madrid por Palestina, la Asociación Hispano-Palestina y el movimiento “Boicot, Desinversiones y Sanciones (BDS)” han convocado una huelga de 24 horas, y los sindicatos CCOO y UGT han convocado paros parciales de 2 horas.
Así pues, le recordamos que en caso que sus personas trabajadoras quieran secundar la huelga, hay ciertos aspectos que deben tener en cuenta:
- No es necesaria la convocatoria ni la comunicación específica para cada empresa o centro de trabajo, ya que la convocatoria es de ámbito estatal.
- Está prohibido que las personas trabajadoras que secunden la huelga ocupen el centro de trabajo.
- El derecho a sumarse a la huelga o no, aunque esta sea colectiva, es una decisión personal de cada persona trabajadora que hay que respetar.
- Está totalmente prohibido que la empresa contrate personal externo para sustituir a aquel que secunde la huelga por el periodo de tiempo que ésta se prolongue.
- Los piquetes tienen únicamente la función de informar. Los actos violentos son sancionados por el código penal.
- Los contratos de trabajo quedan suspendidos mientras dura la huelga, la persona trabajadora no percibe el salario y pasa a una situación de alta especial. Se suspende la obligación de cotizar.
- Debe presentarse en la Tesorería General de la Seguridad Social la relación nominal de las personas trabajadoras con contratos suspendidos.
- La dirección de la empresa tendrá que adoptar en cada momento las medidas que considere más convenientes, incluyendo el cierre de locales, en función de la situación que se pueda producir, ya que las medidas de seguridad son potestad del empresario, así como asegurar el orden dentro de la empresa.
Adjunto acompañamos también la Ordre EMT/2025, dictada por la Generalitat de Catalunya estableciendo los servicios mínimos para los servicios públicos.
Quedando a su disposición para ampliarle/s y/o aclararle/s cuantas cuestiones sobre el particular puedan resultar de su interés, aprovechamos la ocasión para saludarles.
Atentamente,
DEL BAS ASSESSORS, ADVOCATS I AUDITORS