Las empresas pueden solicitar a sus empleados que aporten una PCR negativa antes de incorporarse al trabajo para evitar contagios en la plantilla, pero no pueden despedirles por eludir el test en la fecha indicada. Así lo establece el Juzgado de lo Social número 3 de Móstoles en una sentencia que anula el cese de un operario de televisión que se negó a realizar la PCR antes de firmar un nuevo contrato y, además, condena a la empresa a readmitir al empleado y a pagarle 6.251 euros por daños morales al considerar que la decisión de no renovar al trabajador fue una represalia que vulneró su derecho fundamental a no ser sancionado por haberse opuesto a realizar la PCR, toda vez que la empresa no aportó otra causa que justificara la extinción.

Aclara la sentencia que la empresa podría haber aplicado otra medida disciplinaria de menor calado para asegurarse que el empleado daba negativo en coronavirus antes de no renovarle, por lo que considera que se excedió al despedirle, ya que el trabajador tan solo pidió que la prueba se realizara una vez firmado el nuevo contrato.