Una agente administrativa de una compañía aérea, que había empezado a trabajar para la empresa con diversos contratos temporales hasta que se le formalizó uno fijo discontinuo, interpuso una demanda contra la compañía para que se declarase su derecho a que se le computasen todos los periodos trabajados, desde el primer contrato temporal, a efectos de antigüedad en la empresa.
 
En su sentencia de 11 de mayo de 2016, el Tribunal Supremo deja claro que si se demuestra que los contratos temporales fueron fraudulentos porque no existía causa justificativa para recurrir a esa modalidad o porque se recurrió al contrato temporal cuando debió formalizarse desde el principio un contrato indefinido fijo discontinuo, la antigüedad computa desde el primero de los contratos.