En estos casos en el que el deudor tiene un establecimiento abierto al público, el acreedor tiene la posibilidad de solicitar al Juzgado que embargue la caja diaria recaudada de ese comercio, ya que la Ley permite el embargo de rendimientos, frutos o rentas de actividades económicas. El funcionario judicial se presentará en el establecimiento del deudor, sin previo aviso, y solicitará la apertura de la caja registradora, levantando un acta en la que contabilizará las cantidades encontradas, las cuales quedarán en poder del Juzgado para entregárselas después al acreedor.