Insistimos una vez más en la conveniencia de que compruebe si en función del número de personas trabajadoras su empresa cumple con las siguientes obligaciones:
Común a todas las empresas y autónomos/as con empleados/as:
- Registro de entradas y salidas del personal.
- Calendario laboral.
- Registro retributivo.
- Protocolo de prevención de las situaciones de acoso sexual, por razón de sexo, discriminación ilícita y protección del colectivo trans.
- Protocolo de desconexión digital.
- Prevención de riesgos laborales, incluidos riesgos psicosociales.
- Protección de datos personales.
- En su caso, acuerdos de teletrabajo.
Además, para empresas de 50 o más personas trabajadoras:
- Plan de igualdad incluyendo valoración de puestos de trabajo y auditoría retributiva.
- Comité de Seguridad y Salud.
- Cuota de reserva del 2% para trabajadores/as discapacitados/as.
- Canal de denuncia y sistema interno de protección de informantes de delitos o infracciones del derecho de la Unión Europea (para las empresas de hasta 249 trabajadores/as y municipios de menos de 10.000 habitantes el plazo finaliza el 1 de diciembre de 2023).