Sí, es factible, siempre y cuando pueda acreditarse de modo indubitado que realmente el trabajador accede voluntariamente a la petición de la empresa y que no existe ningún tipo de coacción para que renuncie a su derecho a disfrutar de las cuatro semanas de descanso por paternidad. Ahora bien, si el trabajador, voluntariamente, decide renunciar al tiempo de descanso que le queda por disfrutar, deberá comunicarlo expresamente a la Seguridad Social para interrumpir el abono de la prestación que percibe y poder reincorporarse nuevamente al trabajo.
 
En consecuencia, la empresa deberá asegurarse de que el trabajador ha comunicado a la Seguridad Social que renuncia a parte de sus días de descanso ya que, llegado el caso, si el trabajador sigue cobrando tanto la prestación a cargo de la Seguridad Social como el salario que le correspondería en caso de trabajar a jornada completa supondría la comisión de un fraude, con graves consecuencias para ambos. Recuerde además que el descanso no puede fraccionarse y debe disfrutarse de manera ininterrumpida.
 
Otra opción que podría plantearse es el disfrute del permiso por paternidad a tiempo parcial mediante acuerdo previo entre empresa y trabajador, siempre que la jornada realizada no sea inferior al 50% de la habitual. El pacto puede realizarse una vez iniciado el permiso y, en tal caso, éste se prolongará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice.