El Ministerio de Trabajo y Economía Social y las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal han acordado la elaboración y publicación  del protocolo que adjunto acompañamos, cuyo contenido contempla orientaciones para su utilización voluntaria por los sujetos negociadores de convenios o acuerdos colectivos y por las empresas que voluntariamente deseen adoptar medidas para facilitar el acompañamiento de las personas trans en el ámbito laboral.

El protocolo se define por principios que se han de manifestar expresamente por la empresa y los representantes de las personas trabajadoras de respeto a los derechos humanos y laborales de las personas trans, sin discriminación por expresión de género y por razón de la identidad sexual, contribuyendo a su integración sociolaboral y tiene como finalidad garantizar el respeto, la inclusión y la protección de las personas trans en el entorno laboral, dotando a la negociación colectiva de un modelo voluntario que facilite y agilice los procesos de acompañamiento a este colectivo —entre otros, para eliminar obstáculos como la dificultad de adaptar la documentación a la identidad sexual sentida, procedimientos médicos así como ausencias derivadas del proceso de transición o la adecuación de los espacios de trabajo a la diversidad de género— siempre que la persona trabajadora quiera activarlo.