En su sentencia de 26 de abril de 2016, el Tribunal Supremo declara que el control empresarial previo sobre los comunicados sindicales, para autorizar o no su publicación a través de la intranet de la empresa, vulnera los derechos a la libertad de expresión y a la libertad sindical. El Tribunal considera esas prácticas inaceptables y por ello condena a la empresa al pago de una significativa indemnización por daños y perjuicios.