El Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros, mediante la que, entre otros objetivos, se  busca garantizar el mismo nivel de protección a los consumidores. A tal fin, la norma transpone a nuestro marco normativo la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de Enero de 2016, sobre la distribución de seguros.
 
El cliente deberá ser informado de todos los costes, gastos y riesgos que asume en los productos de inversión basados en seguros, y tendrá acceso a una evaluación periódica de su idoneidad. Además, se endurecen las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de información y se regulan por primera vez las denominadas ventas cruzadas, es decir, aquellas que añaden al contrato de seguro servicios o productos auxiliares. La citada Directiva comunitaria introducía una serie de modificaciones en otra Directiva comunitaria del 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en seguros.
 
Con la introducción de esa nueva medida se pretende garantizar un mismo nivel de protección a los clientes, sea cual sea el canal a través del cual se adquiera un producto de seguro, y su traslación a las disposiciones nacionales relativas al acceso y ejercicio de la actividad de distribución de seguros y reaseguros.