La deducción por inversión en vivienda habitual quedó suprimida con efectos desde el ejercicio 2013. No obstante, y en virtud de una disposición transitoria, los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a esa fecha pueden seguir practicando la deducción en su declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
 
Sin embargo, si se transmite la actual vivienda y se adquiere una nueva vivienda habitual con posterioridad a 31 de diciembre de 2012, no se podrá practicar deducción por ésta última dado que su adquisición se produce en un momento en el que la legislación ya no contempla dicho beneficio fiscal.