El art. 8 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, convalidado por el posterior art. 8, Ley 25/2015, de 28 de julio, aprobaron una tarifa reducida de cotización a la Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos. De esta forma, durante el período comprendido entre el 1 de marzo de 2015 y el 31 de agosto de 2016,  las empresas que contrataron de forma indefinida creando empleo neto quedaban exentas de cotización a la Seguridad Social respecto de los primeros 500 euros de salario de cada uno de esos nuevos contratos.
 
No obstante, la falta de Gobierno ha impedido la renovación de esa medida de fomento del empleo, por lo que desde el pasado día 1 de septiembre las empresas ya no disponen de esa posibilidad de reducir los costes de cotización en sus nuevas contrataciones por tiempo indefinido.