En su sentencia de 21 de junio de 2016, el Tribunal Supremo establece que el pagaré que es entregado de forma simultánea a la comunicación del despido, con fecha de vencimiento del mismo día de su entrega y de la comunicación se considera, al igual que un cheque, un pago a la vista, por lo que es un medio de pago de la indemnización válido.