El Tribunal Superior de Justicia de Murcia dictó sentencia en la que falla que aunque anteriormente se había otorgado la prórroga hasta cuatro veces sin atender a plazo alguno, lo cierto es que se trata de una concesión empresarial voluntaria, y al no haber solicitado la incorporación en el plazo máximo establecido en el convenio de aplicación, la trabajadora ha perdido su derecho a reincorporarse.