Estimados/as clientes,

Les informamos que, con la entrada en vigor del Real Decreto 609/2023, de 11 de julio, se ha creado el Registro Central de Titularidades Reales, y se refuerza la obligación de identificar y mantener actualizada la información sobre los titulares reales de las sociedades mercantiles.

¿Qué es el titular real?

Se considera titular real a la persona física que posea o controle, directa o indirectamente, más del 25 % del capital o de los derechos de voto de la sociedad, o que ejerza control efectivo sobre la misma.

¿Quiénes están obligados?

Todas las sociedades y entidades inscritas en el Registro Mercantil, así como las entidades sin personalidad jurídica (por ejemplo, comunidades de bienes o fideicomisos) cuando sea aplicable.

¿Qué obligaciones existen?

  1. Declaración inicial:
    • Las sociedades deberán declarar la información de su titular o titulares reales al inscribirse por primera vez en el Registro Mercantil.
  2. Actualización anual:
    • La información deberá ratificarse o actualizarse cada año, coincidiendo con el depósito de las cuentas anuales.
  3. Actualización por cambios:
    • En caso de modificación en la titularidad real, la sociedad deberá comunicar el cambio directamente al Registro Mercantil en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzca.

Objetivo de la medida

Esta normativa tiene como finalidad reforzar la transparencia societaria y cumplir con las directivas europeas en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Recomendación

Les aconsejamos revisar la composición del capital social y mantener actualizados los datos de los socios y administradores, para garantizar el cumplimiento de esta nueva obligación.

Nuestro despacho queda a su disposición para gestionar la presentación y actualización de la declaración de titularidad real y resolver cualquier duda relacionada con el nuevo Registro.

Atentamente,

DEL BAS ASSESSORS, ADVOCATS I AUDITORS