Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera que no es ponderado sancionar con el despido a un trabajador por enzarzarse en una pelea tras haber sido insultado gravemente por un compañero. Según el Tribunal, para que una pelea justifique la sanción de despido debe alcanzar suficientes cotas de culpabilidad y gravedad, lo que excluye su aplicación bajo meros criterios objetivos y exige un análisis individualizado de cada conducta, tomando en consideración las circunstancias que configuran el hecho, así como las de su autor.