La Justicia ve legítimo que la empresa exija normas de estilo de vestimenta profesional y apunta que, a diferencia de los uniformes, en estos casos no tiene por qué abonar el importe de dicha ropa. El hecho de que la empresa exija vestimenta formal a sus trabajadores con el fin de dar una buena imagen corporativa no implica que tenga que pagarle el traje y la corbata al personal. Lo dice rotundo el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en una sentencia en la que rechaza el caso de un empleado que reclamaba a su empresa «que le facilitara la vestimenta y calzado (americana, pantalón, corbata, camisa de manga larga y zapatos formales) que se le exigía en el contrato de trabajo» o que, en su defecto, le abonara la cantidad de 1.600 euros por su valor.