La naturaleza de este plus o complemento salarial es retribuir el hecho de que un trabajador tenga una mayor disponibilidad horaria para la prestación de sus servicios, de forma que pueda ser llamado a trabajar fuera de los horarios habituales o que esté sujeto a cambios constantes de horario; sin embargo, el cobro de este plus no autoriza por sí mismo, ni menos aún retribuye, la realización de horas extraordinarias.
 
El plus de disponibilidad es típico en el comercio y en la hostelería y retribuye el hecho de que el personal tenga que salir algo más tarde de lo normal porque los clientes aún no se hayan ido, porque haya que hacer caja, etc. Pero sólo retribuye el hecho de que esto se pueda hacer, pero en modo alguno excusa del pago de las horas de exceso que se hagan a consecuencia de ello. Se podría decir que el plus de disponibilidad retribuye que la jornada sea distribuida irregularmente, pero no autoriza ni retribuye la ampliación de la misma.