El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), organismo dependiente del Consejo de Europa, acaba de resolver que la indemnización por despido improcedente en España, que fija un tope de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades, no cumple con lo establecido en la Carta Social Europea.

El CEDS anticipaba esta decisión la semana pasada al difundir el documento de Conclusiones de 2023 sobre España, remarcando que «el límite máximo de los baremos de indemnización no permite conceder a una persona trabajadora una indemnización superior en función de todas las circunstancias, ya que los tribunales solo pueden ordenar una indemnización dentro de los límites del baremo» , cuando a su juicio no es lo mismo, por ejemplo, si el contrato de trabajo ha sido de corta duración, o si la persona despedida tiene hijos/as menores a cargo, o una edad más avanzada que le suponga una dificultad añadida para la consecución de un nuevo empleo.

Las decisiones del CEDS no son vinculantes, pero dado que la coalición de Gobierno PSOE-SUMAR ya había mostrado su intención de cumplir con ese mismo objetivo en su programa, resulta una obviedad que, más pronto que tarde, asistiremos, no solamente a un encarecimiento de los costes del despido, sino a la exigencia de nuevos y más rigurosos requisitos para poder llevarlos a cabo.