Hacienda reclama a un contribuyente de Madrid las deducciones por vivienda habitual disfrutadas en varios ejercicios por no haber tenido derecho a ellas, debido al poco consumo de energía eléctrica de su casa, alegando que “es tan bajo, que no puede tener la consideración de vivienda habitual”.
 
En total, Hacienda reclama a ese contribuyente 8.361 euros, más intereses legales, lo que supone la devolución de las cantidades obtenidas por la aplicación de la deducción por vivienda habitual en parte del ejercicio 2012 y de los ejercicios de 2013 a 2015 (a la espera de que le reclamen también el del ejercicio 2016), en base a que el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDEA) establece un consumo medio de energía por hogar y año de 10.521 kilovatios, de los que 3.757 kilovatios corresponden al consumo de luz, mientras que el contribuyente consumió tan solo 125 kilovatios en un año y 354 kilovatiosen otro.
 
Para la Agencia Tributaria, “no se producen consumos suficientes para que el inmueble por el que se practica la deducción sea habitado de manera permanente, sino ocasional”. Por su parte, la defensa del perjudicado se centró en presentar alegaciones ante la sede territorial de la AEAT (desestimadas), posteriormente reclamar ante el TEAR (sin contestación), y por último, presentar demanda ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que supone un total de 1.500 folios presentados para demostrar que la vivienda en cuestión es su residencia habitual.
 
Con tales antecedentes habrá que estar a la espera de la sentencia que dicte el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resolviendo la controversia.